En el artículo 13 (Derechos del Paciente) establece que todo paciente tiene derecho a:
a) Recibir atención médica humanizada y de calidad.
b) La dignidad como ser humano y el respeto a sus creencias y valores étnico culturales.
c) La confidencialidad.
d) Secreto médico.
e) Recibir información adecuada y oportuna para tomar decisiones libre y voluntariamente.
f) Libre elección de su médico, de acuerdo a disponibilidad institucional.
g) Reclamar y denunciar si considera que sus derechos humanos han sido vulnerados durante la atención médica.
h) Disponer de un horario y tiempo suficiente para una adecuada atención.
i) Respeto a su intimidad.
j) Trato justo y equitativo sin desmedro de su condición socioeconómica, étnico cultural, de género y generacional.
k) Solicitar la opinión de otro médico en cualquier momento.
l) Negarse a participar en investigaciones o enseñanza de la medicina, salvo en situaciones que la Ley establece.
m) Apoyar a la práctica médica como voluntarios en el tratamiento de enfermedades graves y ayudar a su rehabilitación
Observaciones
Reglamentada por DS Nº 28562, 22 de diciembre de 2005
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