Normativa de Humanización de la Salud Iberoamericanos

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País
República Dominicana
Título de la norma
Ley N° 42-01 – General de Salud
Rango
Ley
Departamento
Congreso Nacional
Número oficial
42-01
Fecha de la norma
21/02/2001
Fecha de publicación
08/03/2001
Número de boletín
00000
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En el artículo 28.a establece que todas las personas tienen, en relación a la salud, el derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, y a no ser discriminada por razones de etnia, edad, religión, condición social, política, sexo, estado legal, situación económica, limitaciones físicas, intelectuales, sensoriales o cualquier otra.

Observaciones

Vigente