Planes de Humanización de la Salud Iberoamericanos

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País
Brasil
Denominación
Programa de Humanização no Pré-natal e Nascimento
Tipo
Programa
Entidad responsable
Programa de Humanização no Pré-natal e Nascimento
Fecha de aprobación o lanzamiento
2000
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El Programa de Humanización Prenatal y del Nacimiento (PHPN) fue establecido por el Ministerio de Salud el 1 de junio de 2000 (Ordenanza 569, publicada en el Diario Oficial de la Unión el 8 de junio de 2000, en el apartado 1, página 4) y constituye una respuesta a las necesidades de cuidados específicos de la mujer embarazada, del recién nacido y de la mujer en el puerperio. Con esta iniciativa, el Ministerio de Salud busca reducir los altos índices de morbimortalidad materna y perinatal, buscando asegurar el acceso y mejorar la cobertura y calidad de la atención prenatal, parto, posparto y neonatal. Aún en el mismo sentido, busca potenciar y ampliar las acciones ya adoptadas por el Ministerio en el área de atención a la mujer embarazada, como las inversiones en redes estatales de atención a embarazos de alto riesgo, el aumento del costo de atención específica procedimientos y otras acciones como la Capacitación de Parteras Tradicionales. El Ministerio también ha financiado cursos de especialización en enfermería obstétrica y ha realizado inversiones en unidades hospitalarias que forman parte de estas redes.

 

Según la filosofía del Programa de Humanización Prenatal y del Nacimiento, la primera condición para un adecuado seguimiento del parto y del puerperio es el derecho a la humanización de la atención obstétrica y neonatal. La humanización comprende, entre otros, dos aspectos fundamentales. El primero está relacionado con la adopción de una postura ética y solidaria por parte de los profesionales y se refiere a la convicción de que es deber de las unidades de salud recibir dignamente a las mujeres, sus familias y al recién nacido, reconociendo que la institución debe organizarse para crear un ambiente acogedor. y adoptar conductas hospitalarias que rompan con el tradicional aislamiento impuesto a las mujeres. El segundo se refiere a la adopción de medidas y procedimientos reconocidos como beneficiosos para el seguimiento prenatal, parto y posparto, evitando prácticas intervencionistas innecesarias que, aunque tradicionalmente se realizan, no benefician a la mujer, ni al recién nacido y que muchas veces entrañan mayores riesgos para ambos.

Observaciones
Vigente